Cumplimiento al Decreto Nº 2958 de la Junta Departamental de Lavalleja que establece la modificación de Artículo 177º del Digesto de Tránsito, y su puesta en funcionamiento donde se modifica el cambio de mano de circulación, el estacionamiento de autos y motos y determinadas paradas del transporte público.
Declárese aplicable en lo pertinente la Resolución Nº 2676/2009 a aquellos contribuyentes que siendo titulares de vehículos automotores los hubieran vendido sin realizar transferencia ni Título de Propiedad y deban abonar las deudas generadas por concepto de Patente de Rodados, multas y recargos por mora, y multas de tránsito